Periodistas
- ¿El estatuto del periodista me da más derechos que la ley?
Sí. El estatuto contiene importantes mejoras en cuestiones fundamentales, como el cómputo del preaviso y la indemnización por antigüedad. - ¿Hay alguna indemnización especial por ser periodista?
Sí. El estatuto establece que, además de las indemnizaciones por despido, al periodista se le deben pagar seis meses más de sueldo. - ¿Cuánto me tienen que pagar si me despiden?
Dos o cuatro sueldos en concepto de preaviso, dependiendo de la fecha de ingreso, un mes de sueldo por cada año de servicio y además la indemnización especial de seis meses recién mencionada. - ¿Cuándo paso de colaborador a efectivo?
Una vez que complete un mínimo de veinticuatro colaboraciones anuales, aún cuando hayan sido sin firma.
