Aportes y jubilaciones
- ¿Cómo sé si tengo hechos los aportes?
Puede consultar por internet en la página de la AFIP, con su número de CUIL - ¿Puedo pedirle a la empresa que los haga, si no los hizo?
Sí. Hay que enviar un telegrama intimando a la empresa a hacer los aportes. - ¿A qué edad me puedo jubilar?
Los trabajadores varones, a los 65 años. Las trabajadoras mujeres, a los 60. - ¿Hay otros requisitos además de la edad?
Sí. Debe tener treinta años de servicio (trabajo en blanco). Por lo menos quince de esos treinta deben haber sido con aportes. - ¿Pueden obligarme a que me jubile si no quiero?
Sólo si ud. ya llegó a la edad de 70 años y tiene los años de servicio y aportes suficientes para acceder al beneficio de la jubilación. En tal caso, la empresa le puede enviar un telegrama intimándolo a tramitar la jubilación por el plazo de un año. - Me ofrecen que me jubile y siga trabajando ¿Puedo perder algún derecho si lo hago?
Sí. Puede perder el derecho a cobrar la antigüedad en el empleo. Es conveniente consultar cada caso.
