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APORTES Y JUBILACIONES

  • ¿Cómo sé si tengo hechos los aportes?
    Puede consultar por internet en la página de la AFIP, con su número de CUIL
  • ¿Puedo pedirle a la empresa que los haga, si no los hizo?
    Sí. Hay que enviar un telegrama intimando a la empresa a hacer los aportes.
  • ¿A qué edad me puedo jubilar?
    Los trabajadores varones, a los 65 años. Las trabajadoras mujeres, a los 60.
  • ¿Hay otros requisitos además de la edad?
    Sí. Debe tener treinta años de servicio (trabajo en blanco). Por lo menos quince de esos treinta deben haber sido con aportes.
  • ¿Pueden obligarme a que me jubile si no quiero?
    Sólo si ud. ya llegó a la edad máxima y tiene los años de servicio y aportes suficientes para acceder al beneficio de la jubilación. En tal caso, la empresa le puede enviar un telegrama intimándolo a tramitar la jubilación por el plazo de un año.
  • Me ofrecen que me jubile y siga trabajando ¿Puedo perder algún derecho si lo hago?
    Sí. Puede perder el derecho a cobrar la antigüedad en el empleo. Es conveniente consultar cada caso.

Aportes y jubilaciones