Suspensiones y despidos: modificaciones en el régimen legal
Tiene media sanción un proyecto de ley que permite que el trabajador que es objeto de suspensiones disciplinarias, aunque éstas no sobrepasen el máximo legal de 30 (treinta) días por año aniversario, pueda considerarse en situación de despido.
Para ello ocurra, el motivo invocado para aplicar la suspensión, debería configurar una injuria tal que no consintiera la prosecución de la relación, en los términos del art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Los estudios de abogados empresariales se mostraron muy preocupados por este proyecto del diputado Héctor Pedro Recalde, estimando que esta posibilidad legal de que las suspensiones puedan terminar derivando en despidos indirectos aumentará la litigiosidad y disuadirá al empleador de tomar medidas disciplinarias.
Creemos nosotros lo contrario: que el proyecto de ley viene a poner límites al poder disciplinario del empleador, cuestión necesaria para que, como se ha dicho, la democracia no se detenga en la puerta de la fábrica.