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RESOLUCIONES DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD QUE AFECTAN LAS RELACIONES LABORALES

Restricciones del derecho de huelga

COMANDO UNIFICADO

Se crea un llamado  COMANDO UNIFICADO DE SEGURIDAD PRODUCTIVA el que, bajo la órbita y el mando de la Ministra de Seguridad, reúne las fuerzas de las policías federal y aeroportuaria, de la gendarmería y de la prefectura.

El objetivo específico de este “comando”  es el de evitar cualquier impedimento u obstrucción de la producción, circulación o  comercialización de productos en zonas portuarias, petroleras o mineras, pero también en parques industriales. 

La resolución 893 habla de mantener el orden en los “enclaves productivos”, con lo que se estaría habilitando la represión de cualquier protesta sindical que, a juicio de la Ministra, pudiera alterar dicho orden.

BLOQUEOS

Se define el bloqueo como cualquier obstáculo al ingreso o egreso de personas, vehículos o mercaderías en un establecimiento productivo, en cualquier parte del país

La resolución 901 crea un PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A BLOQUEOS, estableciendo que los mismos pueden ser denunciados anónimamente por teléfono, correo electrónico o WhatsApp y  que la Secretaría de Seguridad puede ordenar la represión en tales casos.

DESPIDOS CON CAUSA y DENUNCIAS PENALES

Además de hacer cesar el bloqueo, la Secretaría de Seguridad puede informar a los empleadores para que procedan a despedir con causa, así como radicar denuncias penales. Es importante señalar que todos estos procedimientos no resultan aplicables a las medidas de fuerza que se realicen en el interior de los establecimientos.